Y una gran oportunidad. Así lo establece el Real Decreto Ley 15/2018, que, tras la desaparición del impuesto al sol, reconoce «el derecho a autoconsumir energía eléctrica…», como una actividad «exenta de todo tipo de cargos y peajes».
Junto con el Real Decreto 244/2019, cada vez existen más facilidades para el autoconsumo solar: con la introducción del sistema de compensación simplificada, permitiéndose el autoconsumo compartido, eliminándose límites a la potencia instalada…
Preguntas frecuentes
Si dispones de una casa en propiedad (unifamiliar, adosada, pareada, segunda vivienda…) y un tejado o superficie similar, ¡enhorabuena! La instalación es sencilla y no requiere ningún tipo de obra.
Si no es tu caso, debes saber que gracias al autoconsumo compartido es perfectamente posible hacer una única instalación solar que alimente de energía a varias edificaciones situadas en las proximidades (hasta 500m).
El coste total y el tiempo de amortización es muy variable, dependiendo especialmente de:
- La modalidad de autoconsumo escogida.
- Las necesidades concretas de consumo energético, las cuales determinarán el tamaño de la instalación.
Piensa en tu instalación como una inversión: en un período medio de entre 5 y 9 años, nuestros clientes pagan sus instalaciones con el ahorro que obtienen al autoconsumir energía.
El último Real Decreto trajo consigo grandes simplificaciones administrativas en los procesos de legalización, incentivando el autoconsumo y reduciendo en gran medida la complejidad burocrática que venía existiendo en el sector durante estos últimos años.
No obstante, en el caso de los permisos, licencias u otros trámites que debamos realizar, puedes respirar tranquilo. Nosotros nos encargamos de todo el papeleo.
En ITRSL queremos que disfrutes de energía limpia durante el mayor tiempo posible. En consecuencia, no solo trabajamos con equipos de la máxima calidad, sino que hemos apostado por los fabricantes con las mayores garantías del mercado.
Mientras que la normativa exige, con carácter general, dos años de garantía mínima, el sector fotovoltaico se caracteriza por ofrecer algunas de las garantías más largas en comparación a cualquier otra industria, siempre que la avería no se haya producido por un mal uso.
Esto nos permite asegurarte, a través de la garantía de fabricante, 5 años de garantía en cualquiera de los componentes principales (módulos, baterías, inversor), y hasta 25 años en el caso de los paneles solares (tanto garantía de producción como garantía de producto).
Su contratación es opcional, pero recomendable por su carácter preventivo, orientado a maximizar la vida útil de la instalación de autoconsumo solar. Con tu nueva instalación fotovoltaica, te regalamos los dos primeros años de mantenimiento.
Ante cualquier incidencia, nuestros técnicos podrán asistirte mediante un servicio de monitorización remoto: controlando que nunca te quedes sin electricidad y tu instalación siempre funcione a pleno rendimiento.
Sí, es perfectamente posible. Mediante el uso combinado de paneles y baterías se puede llegar a cubrir el 100% de necesidades energéticas, haciendo posible prescindir de la red eléctrica.
En ITRSL pensamos que el autoconsumo debe ir ligado a una independencia energética (o cuota autárquica) como mínimo del 60% para aprovechar la instalación fotovoltaica y así obtener un ahorro verdaderamente sustancial en el largo plazo.
No. Esta es una confusión común surgida a raíz de la introducción del nuevo Real Decreto 244/2019. Lo que este RD establece es el sistema de compensación simplificada, o más concretamente el concepto de autoconsumo con excedentes acogido a compensación.
Este mecanismo se ha de acordar con la empresa comercializadora y consiste en un balance económico, de carácter mensual, entre la energía que se toma de la red eléctrica y la que se vierte a la misma.
De esta manera, cada kWh vertido a la red se valorará al precio del pool eléctrico (siempre menor que el precio original que se paga por la electricidad), y permitirá como máximo reducir a cero el término de consumo (esto es, la parte variable del recibo de la luz).
En los últimos años no han existido subvenciones para el autoconsumo particular, aunque sí han sido frecuentes las subvenciones públicas dirigidas principalmente a pymes, entidades locales o sin ánimo de lucro.
Afortunadamente, tanto el autoconsumo residencial como el autoconsumo industrial pueden beneficiarse de bonificaciones fiscales como deducciones en el IBI y en el ICIO, de cuantía variable según el municipio.
Por otro lado, mientras que la luz no ha parado de subir en los últimos años, el coste de las instalaciones solares se ha reducido muy considerablemente, haciendo del autoconsumo una inversión suficientemente atractiva incluso sin ningún tipo de ayudas.